XVI. Informes de los partidos

Este rubro no es aplicable al H. Congreso del Estado, por no ser autoridad electoral, sino un Poder del Estado, que tiene como función primordial la expedición de leyes y decretos, siendo los partidos políticos entidades de interés público, que tiene la obligación de rendir informes respecto a la materia electoral a las prerrogativas que recibe, de las autoridades electorales, en este caso el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana y la Comisión de Fiscalización Electoral, de conformidad a lo establecido en el artículo 17 de la Constitución Política del Estado de Chiapas.

Contacto

  Conmutador: (961) 61 31099, 61 310046, 61 31050, 61 29250, 61 12579
  Palacio Legislativo 1a. av. sur oriente s/n, entre calle central y 1a. oriente