Transmisión en Vivo: 1º PARLAMENTO AMBIENTAL "LEKIL KUXLEJAL” GUARDIANES DEL K´NAL BALAM

 

Pleno de Sesiones

Presidenta de la Mesa Directiva

 

Alejandra Gómez Mendoza

 

Grupo Parlamentario: MORENA
Distrito: XII PICHUCALCO
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 MAYORÍA RELATIVA 

Presidente de la Junta de Coordinación Política

 

Mario Francisco Guillén Guillén

 

Grupo Parlamentario: MORENA
Distrito: XXIII VILLAFLORES
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17
Jun2026

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**Se garantiza el derecho de las mujeres indígenas a la propiedad, a la posesión y a la herencia en condiciones de igualdad.

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16
Jun2026

Aprueba Congreso reformas a Ley de Transparencia y Acceso a la Información

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Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; 16 de junio de 2026.- La Sexagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado de Chiapas aprobó el dictamen relativo a la iniciativa

15
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Congreso anuncia en Casa Chiapas, convocatoria para la entrega de la Medalla Rosario Castellanos 2026

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Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; 15 de junio de 2026.- La Casa Chiapas, ubicada en la Ciudad de México, fue la sede para que la diputada Alejandra Gómez Mendoza,

12
Jun2026

Presentan en el Congreso libro “Sé mujer”, de la escritora Faby Bermúdez

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Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; 12 de junio de 2026.- Con el objetivo de promover la cultura y la literatura, fungiendo como un espacio para la reflexión en torno al desarrollo

12
Jun2026

Congreso informa sobre consultas dirigidas a la comunidad LGBTIQ+ en materia de identidad de género y acciones afirmativas

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Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 12 de junio de 2026.- El Auditorio del Humanismo en el Congreso de Chiapas fue la sede para que la diputada Luz María Castillo Moreno,

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Suspensión de Términos

Artículo 74.- Con excepción de la información reservada y confidencial prevista en esta Ley y sin necesidad de que medie o se presente solicitud de información alguna, todos los Sujetos Obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada de manera regular y permanente, a través del Portal de Transparencia y la Plataforma Nacional, las siguientes obligaciones de transparencia:

I. El marco normativo completo que les aplica o rige, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros.
    |         |         |         |         |    Legislación Vigente

II. La estructura orgánica completa debidamente autorizada, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los Sujetos Obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.
    |         |         |         |         |    Organigrama

III. Las facultades, atribuciones o funciones de cada una de sus Áreas.
    |         |         |    

IV. Las metas y objetivos de cada una de las Áreas de conformidad con sus programas operativos.
    |         |         |    

V. Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones deban establecer.
    |         |         |    

VI. Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados.
    |         |         |    

VII. El directorio de todos los servidores o funcionarios públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público, manejen o apliquen recursos públicos, realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base.
    |         |         |         |         |    Diputados

VIII. La remuneración bruta y neta de todos los servidores públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración; así como de las deducciones que por cualquier concepto le sean aplicadas directamente a la remuneración del personal de que se trate.
    |         |         |         |    

IX. Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente.
    |         |    

X. El número total de las plazas y del personal de base y de confianza, especificando el total de vacantes, por nivel de puesto, para cada una de las Áreas.
    |         |         |         |    

XI. Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación.
    |         |    

XII. La información en versión pública de las declaraciones de situación patrimonial de los servidores públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello y de acuerdo a la normatividad aplicable.
    |         |         |         |    

XIII. El domicilio oficial de la Unidad de Transparencia, así como el nombre y cargo del responsable de dicha Unidad, señalando la dirección electrónica donde puedan recibirse las solicitudes de acceso a la información pública y de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales.
    |         |         |    

XIV. Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos.

XV. La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en la que se deberá informar respecto de los programas de transferencia de servicios, de infraestructura social y de subsidio.

XVI. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.
    |         |         |         |    

XVII. La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o su equivalente, hasta el titular del Sujeto Obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto.
    |         |         |         |    

XVIII. El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición.
    |         |         |         |    

XIX. Los servicios públicos que ofrecen, señalando los requisitos, trámites y formatos que, en su caso, sean necesarios para acceder a ellos.
    |         |    

XX. Los demás trámites que ofrecen con sus respectivos requisitos y formatos.

XXI. La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable.
    |         |         |         |    

XXII. La información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable.

XXIII. Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial, desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña.
    |    

XXIV. Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada Sujeto Obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan.
    |         |         |         |    

XXV. El resultado de la dictaminación de los estados financieros.

XXVI. Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos.

XXVII. Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgadas, especificando los titulares de aquéllas, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos.

XXVIII. La información sobre los resultados de los procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados.
    |    

XXIX. Los informes que por disposición constitucional o legal estén obligados a generar, rendir o presentar.
    |         |         |    Primer Trimestre 2018

XXX. Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, atribuciones, competencias o funciones, con la mayor desagregación posible.
    |         |    

XXXI. El informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero.
    |         |         |         |    

XXXII. El padrón de proveedores y contratistas.
    |    

XXXIII. Los convenios de coordinación con sus homólogos de la Federación, de otras entidades federativas y/o de los municipios, así como aquellos relativos a la concertación con los sectores social y privado.
    |         |    

XXXIV. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad.
    |         |         |    

XXXV. Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención.
    |         |         |    

XXXVI. Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio.
    |    

XXXVII. Los mecanismos de participación ciudadana.

XXXVIII. Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos.

XXXIX. Las actas, acuerdos o resoluciones de los Comités de Transparencia.
    |         |         |         |    Primera Sesión-Comité Transparencia

XL. Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los Sujetos Obligados a programas financiados con recursos públicos.

XLI. Los estudios financiados con recursos públicos.

XLII. El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben.

XLIII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos.
    |         |         |    

XLIV. Las donaciones hechas a terceros en dinero o en especie.

XLV. El cuadro general de clasificación archivística, el catálogo de disposición documental, el catálogo de series, la guía de archivos, el formato de la ficha de valoración documental y demás instrumentos de organización archivística.
    |     Organigrama Archivístico     |     Catálogo de Disposición Documental    |     Cuadro General de Clasificación Archivística

XLVI. Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos.

XLVII. Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente.

XLVIII. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público y a las solicitudes de acceso a la información pública formuladas por los solicitantes.
    |         |         |         |    

XLIX. Las solicitudes de acceso a la información pública recibidas y las respuestas otorgadas a cada una de ellas, incluyendo en su caso la información entregada.
    |         |         |         |         |    Sistema de Solicitudes de Información del Estado de Chiapas

 
 
 

Artículo 76.- Además de las obligaciones de transparencia comunes descritas en el artículo 74 de la presente Ley, el Poder Legislativo del Estado también deberá poner a disposición del público y mantener actualizada las siguientes obligaciones de transparencia:

I. La agenda legislativa.
    |         |         |    

II. La gaceta parlamentaria.
    |    

III. La integración de la Asamblea, los órganos directivos, las comisiones y los comités.
    |    

IV. El orden del día.
    |         |         |         |    

V. El diario o semanario de debates.
    |         |         |         |         |    Diario de debates

VI. Las versiones o transcripciones estenográficas.
    |         |         |         |    

VII. La asistencia de cada una de sus sesiones del Pleno y de las comisiones y comités del Congreso del Estado.
    |         |         |         |    Sesiones

VIII. Las iniciativas de ley o decretos, puntos de acuerdo y cualquier otra disposición de carácter general que se presenten, la fecha en que se recibieron, las comisiones a las que se turnaron y los dictámenes que, en su caso, recaigan sobre las mismas.
    |         |         |         |         |    Iniciativas

IX. Las leyes, decretos y acuerdos aprobados por el Congreso del Estado.
    |         |         |         |         |    Puntos de acuerdo

X. Las convocatorias, actas de sesión, puntos de acuerdo, listas de asistencia y votación de las comisiones y/o comités y de las sesiones del Pleno, identificando el sentido del voto, en votación económica, y por cada legislador, en la votación nominal y el resultado de la votación por cédula, así como votos particulares y reservas de los dictámenes y acuerdos sometidos a consideración.
    |         |         |         |         |    Sesiones

XI. Las resoluciones definitivas sobre juicios políticos y declaratorias de procedencia.
    |         |         |         |    

XII. Las versiones públicas de la información entregada en las audiencias públicas, comparecencias y en los procedimientos de designación, ratificación, elección, reelección o cualquier otro.
    |         |         |         |    

XIII. Las contrataciones de servicios personales señalando el nombre del prestador del servicio, objeto, monto y vigencia del contrato de los órganos de gobierno, comisiones, comités, grupos o fracciones parlamentarias y centros de estudio u órganos de investigación.
    |         |         |         |    

XIV. El informe semestral del ejercicio presupuestal del uso y destino de los recursos financieros de los órganos de gobierno, comisiones, comités, grupos o fracciones parlamentarias y centros de estudio u órganos de investigación.
    |         |         |         |    

XV. Los resultados de los estudios o investigaciones de naturaleza económica, política y social que realicen los centros de estudio o investigación legislativa.
    |         |         |    

XVI. El padrón de cabilderos, de acuerdo a la normatividad aplicable.
    |         |         |    

 

Consulta dirigida a las personas de la Comunidad LGBTIQ+, en materia de identidad de género.
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