Pleno de Sesiones

Presidenta de la Mesa Directiva

 

Alejandra Gómez Mendoza

 

Grupo Parlamentario: MORENA
Distrito: XII PICHUCALCO
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 MAYORÍA RELATIVA 

Presidente de la Junta de Coordinación Política

 

Mario Francisco Guillén Guillén

 

Grupo Parlamentario: MORENA
Distrito: XXIII VILLAFLORES
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Transparencia

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Suspensión de Términos

Artículo 74.- Con excepción de la información reservada y confidencial prevista en esta Ley y sin necesidad de que medie o se presente solicitud de información alguna, todos los Sujetos Obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada de manera regular y permanente, a través del Portal de Transparencia y la Plataforma Nacional, las siguientes obligaciones de transparencia:

I. El marco normativo completo que les aplica o rige, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros.
    |         |         |         |         |    Legislación Vigente

II. La estructura orgánica completa debidamente autorizada, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los Sujetos Obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.
    |         |         |         |         |    Organigrama

III. Las facultades, atribuciones o funciones de cada una de sus Áreas.
    |         |         |    

IV. Las metas y objetivos de cada una de las Áreas de conformidad con sus programas operativos.
    |         |         |    

V. Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones deban establecer.
    |         |         |    

VI. Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados.
    |         |         |    

VII. El directorio de todos los servidores o funcionarios públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público, manejen o apliquen recursos públicos, realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base.
    |         |         |         |         |    Diputados

VIII. La remuneración bruta y neta de todos los servidores públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración; así como de las deducciones que por cualquier concepto le sean aplicadas directamente a la remuneración del personal de que se trate.
    |         |         |         |    

IX. Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente.
    |         |    

X. El número total de las plazas y del personal de base y de confianza, especificando el total de vacantes, por nivel de puesto, para cada una de las Áreas.
    |         |         |         |    

XI. Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación.
    |         |    

XII. La información en versión pública de las declaraciones de situación patrimonial de los servidores públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello y de acuerdo a la normatividad aplicable.
    |         |         |         |    

XIII. El domicilio oficial de la Unidad de Transparencia, así como el nombre y cargo del responsable de dicha Unidad, señalando la dirección electrónica donde puedan recibirse las solicitudes de acceso a la información pública y de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales.
    |         |         |    

XIV. Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos.

XV. La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en la que se deberá informar respecto de los programas de transferencia de servicios, de infraestructura social y de subsidio.

XVI. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.
    |         |         |         |    

XVII. La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o su equivalente, hasta el titular del Sujeto Obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto.
    |         |         |         |    

XVIII. El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición.
    |         |         |         |    

XIX. Los servicios públicos que ofrecen, señalando los requisitos, trámites y formatos que, en su caso, sean necesarios para acceder a ellos.
    |         |    

XX. Los demás trámites que ofrecen con sus respectivos requisitos y formatos.

XXI. La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable.
    |         |         |         |    

XXII. La información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable.

XXIII. Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial, desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña.
    |    

XXIV. Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada Sujeto Obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan.
    |         |         |         |    

XXV. El resultado de la dictaminación de los estados financieros.

XXVI. Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos.

XXVII. Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgadas, especificando los titulares de aquéllas, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos.

XXVIII. La información sobre los resultados de los procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados.
    |    

XXIX. Los informes que por disposición constitucional o legal estén obligados a generar, rendir o presentar.
    |         |         |    Primer Trimestre 2018

XXX. Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, atribuciones, competencias o funciones, con la mayor desagregación posible.
    |         |    

XXXI. El informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero.
    |         |         |         |    

XXXII. El padrón de proveedores y contratistas.
    |    

XXXIII. Los convenios de coordinación con sus homólogos de la Federación, de otras entidades federativas y/o de los municipios, así como aquellos relativos a la concertación con los sectores social y privado.
    |         |    

XXXIV. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad.
    |         |         |    

XXXV. Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención.
    |         |         |    

XXXVI. Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio.
    |    

XXXVII. Los mecanismos de participación ciudadana.

XXXVIII. Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos.

XXXIX. Las actas, acuerdos o resoluciones de los Comités de Transparencia.
    |         |         |         |    Primera Sesión-Comité Transparencia

XL. Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los Sujetos Obligados a programas financiados con recursos públicos.

XLI. Los estudios financiados con recursos públicos.

XLII. El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben.

XLIII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos.
    |         |         |    

XLIV. Las donaciones hechas a terceros en dinero o en especie.

XLV. El cuadro general de clasificación archivística, el catálogo de disposición documental, el catálogo de series, la guía de archivos, el formato de la ficha de valoración documental y demás instrumentos de organización archivística.
    |    

XLVI. Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos.

XLVII. Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente.

XLVIII. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público y a las solicitudes de acceso a la información pública formuladas por los solicitantes.
    |         |         |         |    

XLIX. Las solicitudes de acceso a la información pública recibidas y las respuestas otorgadas a cada una de ellas, incluyendo en su caso la información entregada.
    |         |         |         |         |    Sistema de Solicitudes de Información del Estado de Chiapas

 
 
 

Artículo 76.- Además de las obligaciones de transparencia comunes descritas en el artículo 74 de la presente Ley, el Poder Legislativo del Estado también deberá poner a disposición del público y mantener actualizada las siguientes obligaciones de transparencia:

I. La agenda legislativa.
    |         |         |    

II. La gaceta parlamentaria.
    |    

III. La integración de la Asamblea, los órganos directivos, las comisiones y los comités.
    |    

IV. El orden del día.
    |         |         |         |    

V. El diario o semanario de debates.
    |         |         |         |         |    Diario de debates

VI. Las versiones o transcripciones estenográficas.
    |         |         |         |    

VII. La asistencia de cada una de sus sesiones del Pleno y de las comisiones y comités del Congreso del Estado.
    |         |         |         |    Sesiones

VIII. Las iniciativas de ley o decretos, puntos de acuerdo y cualquier otra disposición de carácter general que se presenten, la fecha en que se recibieron, las comisiones a las que se turnaron y los dictámenes que, en su caso, recaigan sobre las mismas.
    |         |         |         |         |    Iniciativas

IX. Las leyes, decretos y acuerdos aprobados por el Congreso del Estado.
    |         |         |         |         |    Puntos de acuerdo

X. Las convocatorias, actas de sesión, puntos de acuerdo, listas de asistencia y votación de las comisiones y/o comités y de las sesiones del Pleno, identificando el sentido del voto, en votación económica, y por cada legislador, en la votación nominal y el resultado de la votación por cédula, así como votos particulares y reservas de los dictámenes y acuerdos sometidos a consideración.
    |         |         |         |         |    Sesiones

XI. Las resoluciones definitivas sobre juicios políticos y declaratorias de procedencia.
    |         |         |         |    

XII. Las versiones públicas de la información entregada en las audiencias públicas, comparecencias y en los procedimientos de designación, ratificación, elección, reelección o cualquier otro.
    |         |         |         |    

XIII. Las contrataciones de servicios personales señalando el nombre del prestador del servicio, objeto, monto y vigencia del contrato de los órganos de gobierno, comisiones, comités, grupos o fracciones parlamentarias y centros de estudio u órganos de investigación.
    |         |         |         |    

XIV. El informe semestral del ejercicio presupuestal del uso y destino de los recursos financieros de los órganos de gobierno, comisiones, comités, grupos o fracciones parlamentarias y centros de estudio u órganos de investigación.
    |         |         |         |    

XV. Los resultados de los estudios o investigaciones de naturaleza económica, política y social que realicen los centros de estudio o investigación legislativa.
    |         |         |    

XVI. El padrón de cabilderos, de acuerdo a la normatividad aplicable.
    |         |         |    

 

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